ORDENANZA GENERAL nº 7. REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS COMARCALES

De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la LRBRL, ley 7/1985 y 140 de la Ley de Administración Local de Aragón, ley 7/1999; esta Comarca establece la ordenanza reguladora por la utilización de infraestructuras o prestación de servicios comarcales.

PRESUPUESTO
Articulo 1.- Constituye el hecho imponible de la presente Ordenanza general la utilización de infraestructuras y prestación de servicios comarcales que se detallan, naciendo la obligación de contribuir desde el momento en que dicha utilización o prestación tenga lugar.

OBLIGADOS AL PAGO
Artículo 2.- Están obligados al pago los municipios integrantes de la Comarca de Somontano de Barbastro que:
a) soliciten el servicio.
b) sean titulares de los bienes o responsables de las personas que hayan provocado el servicio o en cuyo particular beneficio redunde su prestación.
Igualmente cualquier otro ente local que previa solicitud utilice las infraestructuras que se regulan en la presente ordenanza; si bien estará supeditado al no condicionamiento de la correcta prestación del servicio en el territorio comarcal y, en su caso, a un estudio concreto de costes.

CUOTA
Articulo 3.- La cuota a aplicar por la utilización por los ayuntamientos de los enseres que componen la infraestructura comarcal y la prestación de los distintos servicios será la siguiente:

CONCEPTO

MODULO

CUOTA 2017 EUROS

CUOTA 2018 EUROS

Servicio Archivero Comarcal

Coste personal

12,61 €/hr.

12,61 €/hr.

Servicio Informático Comarcal con desplazamientos a localidades

Horas de uso + gastos kms.

18,28

18,28

Servicio de Ayuda a Domicilio

Horas asistencia

0,99

0,99

Servicio Educación de Adultos

Gastos kms.

0,23 €/km

0,23 €/km

Servicio de Formación

Gestión administrativa

10,00

10,16

Servicio Barredora

Horas de uso

40,18

40,18

 

Otras Instituciones

67,15

68,22

 

Particulares

76,74

77,97

Servicio Escenario móvil: montaje

m2

3,21

3,21

Servicio Escenario móvil: uso

Por día y m2

0,53

0,53

Servicio Escenario externo: montaje

m2

27,71

28,15

Servicio Escenario externo: uso

Por día y m2

5,53

5,62

Servicios Especiales Municipios

Personal

7,51

7,51

 

Kms.

0,69 €/km

0,69 €/km

 

Coste camión

16,85

16,85

Servicios Especiales Externos

Personal

26,95

27,38

 

Kms.

1,05 €/km

1,07 €/km

 

Coste camión

33,74

34,28

Servicio Oficina Técnica:

Precio hora

29,44

29,44

 

Gastos kms

Según coste

Según coste

 

O. menor

24,00

24,00

 

O. Mayor (<30050 €)

61,00

61,00

 

O. Mayor (<60101 €)

90,00

90,00

 

O. Mayor (<120202 €)

120,00

120,00

 

O. Mayor (>120202 €)

264,00

264,00

 

Actividad/Apertura

90,00

90,00

 

Orden Ejecución

120,00

120,00

 

Exp. Ruina

264,00

264,00

 

Ruina Inminente

264,00

264,00

 

Habitabilidad

90,00

90,00

 

Valoración

90,00

90,00

 

Valoración Expediente Administrativo

46,00

46,00

 

Segregación

90,00

90,00

 

Primera Ocupación

90,00

90,00

 

Inspección Urbanística

90,00

90,00

 

Actos Administrativos

46,00

46,00

 

Acta Comprobación

90,00

90,00

 

Consulta Urbanística en Suelo urbano

46,00

46,00

 

Consulta Urbanística en Suelo no urbanizable

90,00

90,00

 

Interés social/Área Borde

90,00

90,00

 

Gestión Urbanística

 

91,50

 

Cambio de Titularidad

 

91,50

Servicio contenedores basura establecimientos industriales

 

253,90 €/año

257,96 €/año

            A tener en cuenta en el Servicio de Escenario Móvil:

  • Solicitudes con menos de 15 días de antelación, dependerá de la disponibilidad del servicio y el precio final se incrementará en un 50%.
  • Para los montajes y desmontajes de escenarios solicitados en domingo o festivo (según calendario laboral), el precio final se incrementará en un 100%.

 

INFRACCIONES Y SANCIONES
Articulo 4.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ley 30 /1992 de 26 de noviembre y el Reglamento de procedimiento aprobado por RD 1398 /1993.

DISPOSICION FINAL
La presente Ordenanza Fiscal fue aprobada por la Comarca de Somontano de Barbastro en Consejo Comarcal en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2.004 comenzando su aplicación a partir de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Ordenanza Fisca Nº 07 (PDF)

Actualización de precios para el año 2019