Objeto de la convocatoria:
Es regular la concesión de ayudas a los ayuntamientos de la Comarca de Somontano de Barbastro destinadas a la realización de actividades culturales en el año 2025.
Beneficiarios:
Podrán acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos de la Comarca de Somontano. No podrán concurrir a esta convocatoria aquellos ayuntamientos que para el año en curso hayan recibido otra subvención de la Comarca de Somontano.
Actividades subvencionables:
-Actividades culturales: Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos que supongan la realización de actividades culturales, desarrollados dentro del territorio comarcal, dirigidos al público en general, y que se encuadren en alguna de las siguientes modalidades: música (incluidas las actuaciones musicales de la programación de fiestas: orquestas,…) teatro, imagen, artes plásticas, publicaciones, certámenes culturales, intercambios, encuentros y en general todas aquellas actividades dirigidas al fomento de la cultura.
No se podrá solicitar subvención para las actividades en cuya organización y desarrollo participe también la Comarca de Somontano.
Cuantía subvencionable:
La presente convocatoria establece una cantidad fija e igual para todos los ayuntamientos solicitantes, tal y como prevé el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones por el que “excepcionalmente y siempre que se prevea en las bases reguladoras, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones”.
La cantidad a subvencionar se detalla a continuación:
-Actividades culturales: 4.844 € como máximo para municipios con un núcleo de población. Para municipios con dos o más núcleos de población podrá ampliarse esta cantidad, 500 euros por núcleo de población hasta un máximo de 1.000,00 euros. En este supuesto deberá realizarse actividad subvencionada en varios núcleos de población, según el importe complementario solicitado.
Deberá justificarse al menos la cantidad subvencionada para recibir el 100% de la subvención. En el caso de no alcanzar la cantidad subvencionada al justificar se procederá al pago de la cantidad justificada.
Plazo de solicitudes: desde el 29 de octubre al 11 de noviembre.
Plazo de justificación: 29 de diciembre de 2025.
BASES REGULADORAS